
BEPS
Beneficios Económicos Periódicos
Son una alternativa de ahorro para que los colombianos que tienen ingresos menores a 1 Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) puedan recibir un ingreso de por vida, una vez se cumpla la edad de retiro.
Los BEPS se han convertido en una alternativa para los artistas, creadores(as), sabedores(as) y gestores(as) culturales del territorio nacional que no tienen la posibilidad de acceder a una pensión o contar con algún apoyo económico de manera vitalicia.
Los municipios y departamentos pueden destinar los recursos por medio de estas dos modalidades:
* Financiación de una anualidad vitalicia: la cual le permite al municipio o departamento beneficiar a los creadores y/o gestores culturales que tengan una edad superior de 62 años (hombres) y 57 años (mujeres) hasta por un monto máximo del treinta por ciento (30%) del salario mínimo mensual legal vigente.
Dichos recursos se entregarán cada dos meses, hasta el día en que fallezca el ciudadano beneficiado y cabe aclarar que no corresponden a una pensión.
* Financiación de aportes (motivación al ahorro) al Servicio Social Complementario: la cual le permite al municipio o departamento beneficiar con un aporte destinado al ahorro a los creadores y/o gestores menores de 57 años (mujeres) y 62 años (hombres).
El aporte mínimo anual será el equivalente a seis (6) salarios mínimos diarios legales vigentes y el valor máximo estará determinado por el monto anual permitido para esta modalidad, establecido por Colpensiones.
Es toda aquella persona generadora de bienes y productos culturales que surgen a partir de la imaginación, la sensibilidad y la creatividad. Debe considerarse al creador como productor de todo aquello que está relacionado con manifestaciones, situaciones, bienes materiales y procesos mediados por la expresión y el pensamiento artístico.
Es una persona que, a través de la participación, democratización y descentralización del fomento de la actividad cultural, impulsa los procesos creativos al interior de las comunidades e instituciones. Es decir, como actividad principal, coordina las acciones de administración, planeación, seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos de las entidades u organizaciones culturales, como también de los eventos comunitarios.
Si eres creador o gestor cultural y quieres aplicar a los BEPS para artistas recuerda que debes diligenciar el formato del Instituto Municipal de Cultura y Turismo de Cajicá y allegarlo a las oficinas de la entidad, de acuerdo con la Resolución 2260 de 2018.
RESOLUCIÓN No. 066 DE 2023
“POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA Y SE REGLAMENTA LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA ACCEDER AL SERVICIO SOCIAL COMPLEMENTARIO DE BENEFICIOS ECONÓMICOS PERIÓDICOS, POR MEDIO DEL PROGRAMA BEPS, DIRIGIDO A ARTISTAS Y GESTORES CULTURALES DEL MUNICIPIO DE CAJICÁ – CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
Requisitos para postularse y ser beneficiario - pensión vitalicia
1. Ser colombiano
2. Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
El creador o gestor cultural se postulará en el lugar de residencia
3. Tener mínimo 62 años de edad si es hombre y 57 años de edad si es mujer. (Modalidad anualidad vitalicia)
4. Percibir ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
5. Estar afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud.
6. Que se acredite la condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos establecidos por el Ministerio de Cultura.
7. El interesado en postularse como creador tendrá que presentar por lo menos una certificación de creación y trayectoria y una de socialización ante el público
8. El interesado en postularse como gestor tendrá que presentar por lo menos una certificación de creación y trayectoria y una de socialización ante el público.
Recuerda que para realizar tu postulación debes acercarte y radicar tus documentos de manera presencial
Lunes a jueves 10:00 am a 12:00m y de 2:00 pm a 4:00 pm
Tercer piso Oficina Administrativa- Centro Cultural y de Convenciones
ETAPA | ACTIVIDAD | FECHA |
ETAPA 1. CONVOCATORIA | Promoción y divulgación | Desde el 09 de agosto |
ETAPA 2. ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN POR PARTE DE LOS INTERESADOS | Entrega de documentación por parte de los interesados | 09 de agosto a 1 de septiembre |
Subsanación de documentos | 4 a 8 de septiembre | |
ETAPA 3. ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN POR PARTE DE LOS INTERESADOS | Cargue de documentación en la plataforma SIFO. | Septiembre |